BASES PROMOCIÓN “SIENTE LA CONEXIÓN ESPECIAL MGM” DE CABLEUROPA, S.A.U.PRIMERA: ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y PARTICIPANTES La entidad mercantil CABLEUROPA, S.A.U. (en adelante ONO), realizará una promoción bajo la modalidad de "sorteo gratuito" dirigida a clientes potenciales dentro de edificios con alta penetración de clientes ONO, residentes en territorio español, que contraten cualquier combinado de ONO por cualquier canal de venta, clientes padrinos,(clientes que hayan recomendado ONO cuyo ahijado haya contratado cualquier combinado ONO por cualquiera de los canales de venta durante el periodo de la promoción). Esta promoción se desarrollará desde el 17 de octubre al 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive, en las condiciones que más adelante se detallan. El objetivo de esta promoción es fomentar la contratación del servicio de alta en ONO a través de los canales de participación habilitados para la presente promoción. TERCERA: PREMIO El premio de la presente promoción consiste en el sorteo de un viaje a San Francisco, para dos personas, de una semana de duración (6 noches), en hotel de 4 estrellas en habitación doble y régimen de sólo alojamiento, en avión de clase turista (sin incluir seguro ni tasas). ONO se reserva la posibilidad de sustituir el indicado premio por otro de características o valor semejante, en caso de fuerza mayor. CUARTA: MECÁNICA Podrán participar en la presente promoción, clientes potenciales dentro de edificios con alta penetración de clientes ONO, residentes en territorio español, que contraten cualquier combinado de ONO por cualquier canal de venta, clientes padrinos,(clientes que hayan recomendado ONO cuyo ahijado haya contratado cualquier combinado ONO por cualquiera de los canales de venta durante el periodo de la promoción, dentro del periodo promocional anteriormente indicado). QUINTA: SORTEO ONO o su Agencia de Publicidad CP PROXIMITY, presentará ante un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, la relación de clientes que hubieran observado los requisitos contenidos en las presentes bases, en soporte informático. El Sr. Notario extraerá al azar 1 ganador, así como 10 suplentes, quienes sustituirán por orden de extracción para el caso de identificación incompleta o incorrecta del agraciado o incumplimiento de alguna de las bases de la presente promoción, así como renuncia del agraciado o imposibilidad de localizarle en un plazo máximo de 5 días a contar desde la fecha de celebración del sorteo. El sorteo se celebrará el día 20 de enero de 2012, reservándose la entidad mercantil organizadora la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada. SEXTA: CAMBIO DE PREMIO El premio contenido en la presente promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o cesión a petición del ganador. El periodo de reclamación del premio finalizará un mes desde la fecha de celebración del periodo promocional. SÉPTIMA: NOTIFICACIÓN DE PREMIO ONO contactará por correo certificado con el ganador para la notificación y entrega del premio, el cual se fijará de común acuerdo con el agraciado, para lo cual el ganador deberá facilitar los datos necesarios para la entrega del premio objeto de la presente promoción. La presente promoción no es acumulable con ninguna otra existente de ONO. OCTAVA: CONFIRMACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PREMIO Una vez que ONO notifica al ganador la obtención del premio objeto del sorteo, éste dispondrá de un plazo de 7 días naturales para su aceptación. En el caso de que por cualquier circunstancia, el premiado no pudiese o quisiese aceptar el premio, renunciase al mismo o fuese imposible su localización en las señas proporcionadas en el momento que facilitó sus datos con el fin de comunicar la aceptación del premio y transcurridos los 5 días naturales desde la adjudicación del mismo, éste pasará a los suplentes por orden de extracción, aplicándose idéntico procedimiento con cada uno de ellos, pudiendo en su caso llegar ONO a declarar el premio desierto. NOVENA: LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN No podrán participar en la presente promoción los empleados de ONO, así como los familiares directos de éstos, como también los de aquellas empresas integradas en la realización de la presente promoción, estando exclusivamente limitada a todos aquellos clientes y potenciales clientes que se hubieran dado de alta en los servicios de ONO dentro del periodo facilitado. DÉCIMA: FISCALIDAD Al premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, modificado por Real Decreto 41/2010, de 15 de enero; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil ONO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, ONO practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. DÉCIMO PRIMERA: TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el envío voluntario de los datos personales (incluido el correo electrónico) para participar en la presente promoción supone el consentimiento del participante para que ONO, por sí misma o a través de otras entidades que lleven a cabo la gestión o tramitación de los datos, los traten de forma automatizada con fines de publicidad, prospección comercial, pudiendo incorporar dichos datos a un fichero automatizado y del cual será responsable para comunicarse con el participante en el futuro, autorizando a la utilización de este medio para la recepción de comunicaciones comerciales de dicha ONO en relación con los productos y servicios que ésta facilita en el ámbito de las telecomunicaciones e internet, además de participar en la presente promoción. El participante tendrá derecho a acceder a dicho fichero con objeto de oponerse, modificar, corregir o cancelar, total o parcialmente, su contenido mediante correo ordinario a ONO (CABLEUROPA, S.A.U., con domicilio en Madrid, calle Basauri, nº 7 y 9, Urbanización La Florida, 28023, Aravaca). La respuesta a las preguntas sobre dichos datos, tiene carácter facultativo. En este caso, la grabación de datos se efectuará por la empresa ONO, único propietario del mismo. DÉCIMO SEGUNDA: ACEPTACIÓN DE BASES Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases, así como el criterio de ONO en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del mismo. DÉCIMO TERCERA: CESIÓN UTILIZACIÓN NOMBRE E IMAGEN Los ganadores de los premios del sorteo autorizan a ONO para utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con la presente promoción. DÉCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD ONO no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción. DÉCIMO CUARTA: MODIFICACIÓN ONO se reserva el derecho a modificar o cancelar la promoción durante el desarrollo de la misma si concurriesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que así lo impusiesen. DÉCIMO QUINTA: DEPÓSITO DE BASES Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Don Carlos del Moral Carro, con despacho en la calle Serrano, nº 38, 2ª Plta., 28001-Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas y en www.ono.es/condicioneslegales/mgm. |
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